Lima, 17 de enero del 2014.- En ejecución de sentencia, el Poder Judicial confirmó que el Ministerio de la Producción (Produce) tendría que haber gestionado una ley ante el Congreso de la República para regular el ordenamiento pesquero.
Como se recuerda, el pasado 21 de noviembre, la Corte Suprema de Justicia dio la razón al Sindicato Único de Pescadores de Nuevas Embarcaciones del Perú (SUPNEP) al declarar inconstitucional el numeral 2.2 del DS 005-2012 de Produce y calificó de arbitraria esa medida. Sin embargo, Produce emitió el Decreto Supremo N° 011-2013-PRODUCE, que volvió a desplazar la flota industrial fuera de las 10 millas para la extracción de anchoveta, lo que resta severamente la competitividad de las empresas pesqueras peruanas y perjudica a miles de trabajadores, sobre todo en la zona sur del país.
En la resolución No. 28 de la Cuarta Sala Civil de la Corte Superior de Justicia, se señala que al haber la Corte Suprema declarado ilegal la disposición contenida en el numeral 2.2 del DS 005 ésta “dejó de surtir efectos otorgando a la instancia competente (en este caso al Ministerio de la Producción) el plazo necesario para que pueda gestionar una nueva norma jurídica, que (…) respete el catálogo normativo establecido tanto por la Constitución Política del Estado como por su norma de desarrollo, por lo que la norma a dictarse debía efectuarla el Congreso de la República y no el Ministerio de la Producción”.
Las empresas pesqueras han venido señalando que, como indicó la Corte Suprema, la disposición de mandar a la flota industrial fuera de la milla 10 no tiene fundamento, no ha generado los resultados esperados y, en el caso del sur del país, ha paralizado la actividad pesquera industrial, afectando el sustento de miles de familias.